INDEC
Fallo a favor de la trabajadora Marcela
Almeida
Luego de cinco años, hubo sentencia favorable en el juicio que inició
Marcela Almeida contra el Estado nacional, tras haber sido destituida. Un fallo
judicial estableció que es empleada del INDEC por lo que el Instituto deberá
pagarle el sueldo y devolverle su puesto de trabajo.
Esta situación, según dijeron
desde la Junta Interna
de la Asociación
de Trabajadores del Estado (ATE-CTA) del INDEC, se agravó hace tres meses
cuando entre INDEC y el gobierno de la Ciudad Autónoma
(GCBA) dejaron de pagarle su salario aduciendo no tener relación de dependencia
laboral con la demandante.
Desde febrero de 2007, los
trabajadores nucleados en ATE, entre los que se encontraba Marcela Almeida,
venían desarrollando una serie de medidas de fuerza en el organismo solicitando
la regularización de la relación laboral de los trabajadores contratados tanto
por terceras entidades, como por Convenios de Cooperación con el GCBA, entre
otros reclamos.
En ese mismo contexto los trabajadores
denunciaron las irregularidades habidas en los datos estadísticos del IPC. De
acuerdo al cargo, las tareas y grado de responsabilidad que tenia Almeida, la
misma fue citada a declarar como testigo en la causa “Moreno Guillermo y Otro
s/ Violación de Secretos”.
Con motivo de su marcado
activismo, Almeida fue desplazada de sus funciones, despojada de sus
herramientas, y luego “corrida” físicamente de la oficina que ocupó durante más
de 4 años, cuestión que, de acuerdo a la Junta Interna,
"ha sido probada holgadamente en la instancia judicial, y que así han
confirmado los magistrados de la
Sala IX en esta oportunidad".
El fallo de la Sala IX de la Cámara Nacional de
Apelaciones del Trabajo, integrada por los doctores Álvaro Balestrini, Roberto
Pompa y Gregorio Corach, resolvieron confirmar la sentencia oportunamente
dictada por el doctor Osvaldo Rappa (a cargo del Juzgado Nacional del Trabajo
Nº3) por medio de la cual se ordenaba al INDEC "reponer a Marcela Almeida
en su puesto de coordinadora en el Índice de Precios al Consumidor (IPC),
ratificando la condena solidaria a ambos demandados (INDEC y GCBA) en concepto
de daño material y moral por discriminación, atento el fraude que importó la
contratación de Almeida (quien realizaba idénticas tareas que el personal de
planta permanente en el INDEC) mediante la celebración de sucesivos contratos
de locación de servicios con el GCBA".
De este modo, califica la
relación laboral de Almeida respecto del INDEC y del Gobierno de la Ciudad como fraudulenta, en
tanto la trabajadora se insertó en condición de subordinación en la estructura
del INDEC, respondiendo a las ordenes y directivas de la Directora del IPC.
El Fallo reafirma el derecho de
los trabajadores contratados en el Estado a una relación laboral registrada, y
reconoce el derecho a la libertad sindical, con la consecuente posibilidad de
elegir delegados y tutelar sus fueros gremiales, ratificando la prohibición de
discriminar por cuestiones sindicales y políticas en el seno del Estado
La Junta Interna festejó
el fallo como un logro de su lucha laboral, con el tradicional abrazo que los
trabajadores del INDEC realizan hace 6 años "en defensa de las
estadísticas públicas". Fueron acompañados por representantes de
Madres-Línea Fundadora, y agrupaciones sociales y partidarias y dijeron que
"nos queda por delante seguir luchando para que el INDEC cumpla con el
fallo de la sentencia en el caso de Marcela Almeida y para rescatar las
estadísticas públicas de la inescrupulosa de la Intervención".
Fuente: www.apn.org.ar
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